Inmigración

Asilo y de Defensa contra la Deportación


Asilo

  • Descripción
    Estatus migratorio de una persona a punto de ingresar a los EE.UU. o físicamente ya en los EE.UU., que tiene un temor justificado de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, si se le obliga a regresar a su país de última residencia.
  • ¿Quién es elegible?
    Los extranjeros que han permanecido en los EE.UU. por menos de un año y son parte de una clase de asilo elegible (es decir, perseguidos por partidos políticos, raza, religión, sexo, grupo de orientación sexual, grupo social, etc)
  • Duración de la Visa
    El estatus de asilo puede ser retenido por un tiempo indeterminado. Sin embargo, la autorización de trabajo deberá ser renovada anualmente.
  • Renovabilidad
    El estatus de asilo puede ser retenido por un tiempo indeterminado. Sin embargo, la autorización de trabajo deberá ser renovada anualmente.
  • Beneficios de la familia
    Los miembros inmediatos de familia pueden ser elegibles para el estatus de asilo con todas sus ventajas, tales como autorización de trabajo, siempre y cuando hayan sido nombrados en la solicitud de asilo del extranjero, incluso si los familiares no están presentes en los EE.UU. en el momento de la presentación de la solicitud.
Defensa contra la deportación

Una orden de expulsión es una decisión de un juez de inmigración que indica que un extranjero debe ser deportado, o se le debe prohibir la admisión a los Estados Unidos. El juez de inmigración también debe decidir las solicitudes para evitar la expulsión que el extranjero no-ciudadano puede haber presentado. Los Funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) también puede emitir órdenes de expulsión en circunstancias limitadas.

La representación vigorosa durante el proceso de deportación es crítica porque una persona no ciudadana normalmente recibe sólo una oportunidad de demostrar que él o ella no debe ser expulsado. Además, las consecuencias de una orden de expulsión pueden ser graves. Las consecuencias pueden incluir el destierro de los Estados Unidos por 5 años o de por vida.

La primera pregunta en el proceso de deportación, por lo general, es si es viable expulsar a esta persona de los Estados Unidos. Para ser expulsado, la persona no debe ser un ciudadano de los Estados Unidos. A veces una persona puede establecer la ciudadanía a través de las complicadas leyes que rigen la adquisición y la derivación de la ciudadanía para las personas nacidas fuera de los EE.UU. Si la persona no es un ciudadano, a continuación, la siguiente determinación es si él o ella ha hecho algo para merecer la expulsión. Esto es evidente cuando la persona está presente en los EE.UU. sin inspección y reconocimiento, pero a menudo puede ser impugnada en que el gobierno había admitido a la persona a los EE.UU. como residente permanente o bajo alguna otra condición.

Las formas más comunes de perder la condición de residente permanente incluyen la condena de un crimen, el fraude en la solicitud de residencia permanente, la ausencia de los Estados Unidos por periodos prolongados (abandono de la residencia), y ayudar a un extranjero no-ciudadano a entrar de forma ilegal (contrabando de extranjeros). Estos problemas tienden a surgir durante la inspección a su regreso a los EE.UU. desde el extranjero, durante un examen de naturalización, o cuando el gobierno se encuentra con el extranjero no-ciudadano en la cárcel o prisión.

Las leyes de inmigración en relación con la posibilidad de ser expulsado por haber cometido un delito son particularmente complejas. Estas leyes suelen expandirse a lo largo de las leyes penales del Estado. Además, las consecuencias de una condena a menudo dependen de varios factores: si el crimen se incluye en los motivos de inadmisibilidad, los motivos de la deportación, o la definición del delito grave.

Una vez que el tema de la posibilidad de ser expulsado ha sido resuelto, la pregunta es si la persona no ciudadana es elegible para ser absuelto de la expulsión. Esto se puede lograr a través de solicitudes de asilo, suspensión de la expulsión, la ayuda de la Convención contra la Tortura, la cancelación de la deportación, el ajuste de estatus, las exenciones discrecionales, etc.

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